Farmacología reivindica el tratamiento de datos clínicos para fines de investigación

La Sociedad reivindica que se destinen estos datos a la investigación y que "en ocasiones y con las adecuadas garantías, puedan utilizarse sin que medie el consentimiento específico de los interesados"

La Sociedad Española de Farmacología ha pedido que se destinen los datos clínicos asistenciales a la investigación
La Sociedad Española de Farmacología ha pedido que se destinen los datos clínicos asistenciales a la investigación
CS
25 enero 2018 | 16:30 h
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La Sociedad Española de Farmacología Clínica (SEFC) ha solicitado que el tratamiento de datos clínicos asistenciales para fines de investigación  se incluya como enmienda en el proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, que actualmente se tramita en el Congreso de los Diputados. 

Así, lo han reclamado en un comunicado donde, además, han pedido que, "en ocasiones y con las adecuadas garantías, puedan utilizarse sin que medie el consentimiento específico de los interesados". 

El objetivo, señalan, "es que no sea un obstáculo para el correcto desarrollo de la investigación biomédica”. Así, consideran necesario realizar las enmiendas al proyecto para “garantizar la investigación biomédica mediante el uso secundario de datos asistenciales”.

No debe ser un obstáculo para el correcto desarrollo de la investigación biomédica

Además, reclaman que se pueda seguir utilizando “tanto los consentimientos informados amplios como la exención del conocimiento informado si fuera necesario, aplicando las garantías de respeto a las personas que se aceptan internacionalmente en investigación biomédica, tales como la revisión previa por un Comité de Ética de la investigación, la minimización del uso de datos y la pseudonimización de los mismos”

En España, cualquier proyecto de investigación con personas, sus datos o sus muestras biológicas debe ser revisado y aprobado por un Comité de Ética de la Investigación (CEI) acreditado antes de iniciarse, según indican desde SEFC. De esta forma, el CEI revisa en cada proyecto las previsiones de consentimiento, las garantías de salvaguarda de la confidencialidad o anonimato, o la pertinencia de los datos que se propone recoger con el fin de ofrecer garantía pública de que se protegen los derechos y bienestar de los participantes.

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