Aragón publica el decreto para regular la atención farmacéutica en las residencias

Los centros de más de 100 camas deberán disponer de servicio de farmacia propio o de un depósito vinculado al servicio de farmacia de un hospital público.

Atención farmacéutica (Foto. Freepik)
7 agosto 2019 | 15:00 h
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El Boletín Oficial de Aragón ha publicado el decreto por el que se regula la atención farmacéutica en los centros sociales de Aragón y se establece el modelo de gestión de la prestación farmacéutica para los usuarios con derecho a la misma.

La norma será de aplicación en las residencias tanto de titularidad pública como privada, de modo que los centros de cien o más camas deberán disponer de servicio de farmacia propio, a cuyo frente se situará un farmacéutico especialista, o bien de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia de un hospital público, de modo que la prestación farmacéutica se realizará por el servicio de farmacia del hospital público de referencia.

En el caso de las residencias de menos de cien camas, deberán disponer de un depósito de medicamentos vinculado a una oficina de farmacia. Esta oficina de farmacia será seleccionada a través de un concurso convocado por la Dirección General de Asistencia Sanitaria, y en el que se seleccionarán de entre la más próximas aquellas que demuestren una mayor experiencia en atención farmacéutica y que, por tanto, puedan garantizar la realización de distintas actuaciones farmacoterapéuticas para prestar una óptima atención a los residentes.

La norma será de aplicación en las residencias tanto de titularidad pública como privada, de modo que los centros de cien o más camas deberán disponer de servicio de farmacia propio

Cabe recordar que en los últimos años se ha producido un aumento de los usuarios de centros sociales con necesidades de atención farmacéutica, que han incrementado el gasto en este ámbito, debido al envejecimiento y la aparición de nuevas patologías y su cronificación. Es necesario, por tanto, realizar una prestación farmacéutica de calidad, evitando efectos adversos o interacciones en pacientes que están generalmente polimedicados y dónde el estrecho seguimiento farmacoterapéutico es fundamental. 

El suministro directo de los fármacos disminuye además notablemente los costes de adquisición y los costes por residente. Asimismo, se fomenta la incorporación de medidas de mejora e innovación en el sector farmacéutico, como la información sobre uso de fármacos, aplicativos de gestión, sistemas de almacenamiento o sistemas individuales de dosificación.

CENTROS AFECTADOS

La nueva norma afectará a un total de 147 centros en Aragón (35 en Huesca, 21 en Teruel y 91 en Zaragoza), que aglutinan 13.650 plazas. De estos, 46 tienen más de cien plazas (36 en Zaragoza, 4 en Teruel y 6 en Huesca). Dado el elevado número de residencias que se ubican en Zaragoza, se creará para su cobertura un Servicio de Farmacia de Centros de Asistencia Social en Zaragoza, mientras que en Teruel y Huesca el suministro podrá realizarse desde los hospitales provinciales.

En los últimos años se ha producido un aumento de los usuarios de centros sociales con necesidades de atención farmacéutica, que han incrementado el gasto en este ámbito

El ahorro anual de la implantación de esta medida oscilaría entre los 5,3 y los 11 millones de euros, dependiendo del porcentaje de suministro directo de los fármacos por parte de la farmacia hospitalaria. El gasto anual actual está cuantificado en 17,4 millones.

Para la adaptación de los centros, el decreto establece un plazo de tres meses, desde la publicación de la norma en el boletín oficial, para solicitar el depósito o el servicio propio de farmacia, en el caso de las residencias de más de 100 plazas. Asimismo, en un plazo de 6 meses se convocará el concurso para escoger la farmacia de referencia, en el caso de los centros de menos de 100 plazas.

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