Las residencias madrileñas no realizarán cribados y los usuarios podrán quitarse la mascarilla

El uso del cubrebocas seguirá siendo obligatorio para los trabajadores y visitantes cuando estén en una zona compartida.

La consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa, en su visita a la Residencia de Mayores La Paz de Madrid (Foto: C. Madrid)
La consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa, en su visita a la Residencia de Mayores La Paz de Madrid (Foto: C. Madrid)

La Comunidad de Madrid ha modificado el Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, y desde ahora se elimina el uso de mascarillas en los centros de mayores a los usuarios, pero no a los trabajadores y visitantes cuando estén en zonas compartidas. Así consta en la Guía de Medidas en centros residenciales para las personas mayores. Además, se suprime la sectorización de los centros y se aconseja que no realicen cribados periódicos antiCovid.

Los puntos más relevantes de este documentos, además de los señalados, es que ya no es obligatoria la cuarentena de los contactos estrechos de casos confirmados y se establece un periodo de 5 días de aislamiento en los casos confirmados asintomáticos o con síntomas leves, siempre que, al finalizar los 5 días, la persona esté asintomática y hayan trascurrido 24 horas tras la resolución de los síntomas.

En los residentes ya no es necesario la realización de prueba diagnóstica para proceder a finalizar el aislamiento. Para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión, el periodo de aislamiento se adaptará en función del curso clínico.

Se elimina el uso de mascarillas en los centros de mayores a los usuarios, pero no a los trabajadores y visitantes cuando estén en zonas compartidas. Se suprime la sectorización de los centros y se aconseja que no realicen cribados periódicos antiCovid

En el caso de los residentes positivos en los que por patología cognitiva no se pueda garantizar el cumplimiento de las medidas de protección (mascarilla, distancia de seguridad) y no puedan realizar aislamiento en sus habitaciones, se recomienda que realicen vida en agrupaciones en espacios vigilados.

Salud Pública podrá establecer actuaciones adicionales de aislamiento y control respecto al manejo de contactos estrechos y de casos confirmados cuando así lo considere necesario tratándose de ámbitos vulnerables.

SECTORIZACIÓN

Al haberse modificado la gravedad de los afectados por los brotes, ya no es necesaria la sectorización en zonas rojas, amarillas y verdes, pudiendo aislarse a los residentes en sus habitaciones. Solo se planteará sectorizar, siguiendo las indicaciones de Salud Pública, cuando las características de los residentes así lo requieran, por ejemplo, cuando presenten demencia y sea imposible mantener las medidas de distancia social, mascarilla, etc.

Además, los centros ya no estarán obligados a solicitar autorización para la ocupación del 100% de las plazas, como hasta ahora.

PERSONAL

El personal en el que se confirme la infección no acudirá a su centro de trabajo durante los primeros 5 días desde el inicio de los síntomas (o de la fecha de diagnóstico en caso de personas asintomáticas).

Pasado este tiempo, y siempre que hayan transcurrido 24 horas de la desaparición de los síntomas, al personal que tiene contacto directo con los residentes se le realizará una prueba de antígeno y, si el resultado es negativo, podrá volver a incorporarse a su lugar de trabajo. Si el resultado es positivo se podrá repetir la prueba cada 24 horas. El resto del personal se podrá incorporar a partir del quinto día si han desaparecido los síntomas.

Ya no es necesaria la sectorización en zonas rojas, amarillas y verdes, pudiendo aislarse a los residentes en sus habitaciones

En caso de brote, se informará a Salud Pública del Área, UAR y Geriatría del hospital de referencia y se comunicará en la plataforma ISDR, no siendo necesario informar a la Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria ni a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia.

En este sentido, ya no necesario que los centros registren los resultados de los test antigénicos a través de la plataforma de HealthConnect.

SALIDAS DEL CENTRO Y VUELTA DE VACACIONES

No existen ya limitaciones a las salidas del centro a los residentes (vacunados o no vacunados), incluidas las salidas de fin de semana o vacaciones, si bien en estas últimas (siempre que superen los 14 días) es recomendable aportar una prueba diagnóstica.

El responsable de esta prueba será el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del propio centro (en el caso de los trabajadores) o bien Atención Primaria o el propio centro (en el caso de los residentes).

En caso de brote, se informará a Salud Pública del Área, UAR y Geriatría del hospital de referencia y se comunicará en la plataforma ISDR, no siendo necesario informar a la Dirección General de Coordinación Socio-Sanitaria ni a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia

Los residentes que retornen al centro tras ingreso hospitalario es recomendable que aporten una prueba si la estancia fuera de la residencia ha sido superior a los 14 días. En el caso de que un nuevo residente ingrese en el centro también es recomendable que se realice una prueba a su llegada o en las 72 horas anteriores.

RECOMENDACIONES GENERALES A LOS CENTROS

Con la evidencia científica disponible en la actualidad, la Comunidad no considera necesaria la pulverización generalizada para la limpieza de superficies con soluciones antisépticas.

Asimismo, aunque el número de casos graves se ha reducido significativamente con la vacunación los centros deben continuar disponiendo de stock de material de protección y realizar periódicamente revisión de los planes de contingencia y continuar con la formación de los trabajadores en el manejo de los mismos.

Por otro lado, los visitantes deben ser valorados a su llegada al centro y se debe prohibir la visita si presentan síntomas de Covid. No existe obligación de recoger datos de salud, como temperatura u otros. En todo caso, los registros de visitas serán decisión de cada centro.

VISITAS Y SALIDAS DE RESIDENTES

La Guía recuerda que las visitas de los familiares son altamente beneficiosas para los mayores que viven en los centros residenciales. Por tanto, con carácter general, el régimen de visitas y salidas de los residentes que no están en aislamiento o cuarentena se mantendrá con normalidad, si bien, en función de la situación epidemiológica y la estructura de cada centro, podrán adoptarse otras medidas por los responsables de Salud Pública.

Se favorecerán las visitas en el exterior en caso de contar con las infraestructuras necesarias y si la situación clínica y la climatología lo permiten. Los visitantes quedan obligados al uso de mascarillas.

No se debe acudir al centro como acompañante, visita o voluntario con sospecha, síntomas infección activa por Covid, así como aquellas personas que se hayan realizado una prueba y estén esperando resultados.

El régimen de visitas y salidas de los residentes que no están en aislamiento o cuarentena se mantendrá con normalidad. En función de la situación epidemiológica y la estructura de cada centro, podrán adoptarse otras medidas por los responsables de Salud Pública

Sin embargo, no debe haber limitaciones a las visitas en los centros de mayores tanto en el número como en la duración de las mismas (excepto si el centro tiene un brote, como se explica más adelante), manteniéndose los horarios que existían antes de la pandemia.

El número máximo de visitantes que pueden acudir a la vez a ver a su familiar o residente continúa siendo de 2 personas, excepto cuando alguno de los visitantes precise ayuda para la movilidad en cuyo caso podrá ser de 3 personas. Esto incluye la posibilidad de que puedan participar en la visita menores de edad, si bien como norma general no se recomienda que acudan personas no vacunadas a los centros.

ORGANIZACIÓN EN ZONAS COMUNES

Los geriátricos deben organizar las entradas a las zonas de visitas para que no se supere la ocupación máxima de las mismas (estimada en un tercio de los metros cuadrados para mantener la distancia de seguridad), a fin de facilitar que se mantenga el derecho de todos los familiares a la visita.

Se permiten las visitas en interiores, en las zonas que los centros hayan habilitado para las visitas, en todo momento y para todos los residentes, independientemente de si están vacunados o no.

El número máximo de visitantes que pueden acudir a la vez a ver a su familiar o residente continúa siendo de 2 personas, excepto cuando alguno de los visitantes precise ayuda para la movilidad en cuyo caso podrá ser de 3 personas

En ausencia de brote en el centro las visitas deben desarrollarse con normalidad, incluyendo las visitas en las habitaciones de los residentes, si bien se deben respetar los circuitos establecidos en las instalaciones para facilitar el flujo de visitantes dentro del centro, evitando concentraciones en los espacios no habilitados para las visitas.

Las visitas a residentes que comparten habitación podrán realizarse en la misma si bien el compañero de cuarto no deberá estar presente durante la visita y ello sin perjuicio de la necesidad de contar con su autorización (del residente o sus familiares en caso de incapacidad) para el acceso a espacio compartido tan íntimo.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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