El TSJCV avala el toque de queda y las reuniones de 10 personas por la Covid-19

El toque de queda influiría a 32 localidades valencianas de más de 5.000 habitantes

Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Foto. TSJV)
Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Foto. TSJV)
CS
12 julio 2021 | 15:05 h

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha autorizado el toque de queda nocturno entre las 1 y las 6 horas en 32 localidades de más de 5.000 habitantes que presentan mayor riesgo epidemiológico por Covid-19 y la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales y familiares en toda la Comunidad Valenciana. De esta forma, la Generalitat ha conseguido la autorización de las restricciones Covid aprobadas ante el aumento de la incidencia.

En la mañana de este lunes la Fiscalía ha avalado las medidas se hallan contenidas en una resolución de la Conselleria de Sanidad Universal fechada el pasado 9 de julio. Tras la aprobación del Tribunal Superior de Justicia estas restricciones tendrán una vigencia de 14 días desde su publicación en el DOGV.

“La experiencia práctica que ahora tenemos y se pone de manifiesto en las justificaciones de referencia es que medidas más laxas que las que aquí se trata no han funcionado correctamente en relación al objetivo evidente que se persigue”, recoge la resolución judicial.

Los magistrados defienden que son medidas necesarias e idóneas para interrumpir la propagación del SARS-Cov-2

La Sala considera que son medidas “equilibradas”, pues se derivan de ellas “más beneficios para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”, al tiempo que cumplen el “juicio constitucional de proporcionalidad”.

El auto cuenta con un voto particular discrepante y que puede ser recurrido en casación y alude a la expansión de la variante Delta del coronavirus,el crecimiento exponencial de contagios, el aumento de las hospitalizaciones y la “situación cercana al colapso que se está ya produciendo en los centros de Atención Primaria”.

Por tanto, los magistrados defienden que el toque de queda y la reducción de las personas que participan en reuniones sociales son medidas necesarias e idóneas para interrumpir la propagación del SARS-Cov-2, pues “atañen al marco de las relaciones sociales y el ocio nocturno no reglado”, que son las principales causas de contagios. 

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