Canarias no recurrirá la mayor indemnización por negligencia en la sanidad pública

El Servicio Canario de Salud tendrá que indemnizar con 1,3 millones de euros por no realizar las pruebas pertinentes a una embarazada cuyo niño nació con una enfermedad grave rara.

El consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, José Manuel Baltar.
El consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, José Manuel Baltar.

El consejero de Sanidad de Canarias, José Manuel Baltar, ha anunciado este miércoles que los servicios jurídicos de su departamento han aconsejado no recurrir el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que responsabiliza a la sanidad pública de los daños causados a una familia por no haber realizado las pruebas pertinentes a la madre embarazada cuyo niño nació con una enfermedad rara.

Hace unas semanas, el Juzgado Contencioso-Administrativo número cuatro de las Palmas de Gran Canaria emitió una sentencia en la que condenó al Servicio Canario de Salud (SCS) a una indemnización histórica de 1,3 millones de euros, más intereses desde la fecha de la reclamación patrimonial, tal y como informó el despacho de abogados especializado en negligencias médicas que ha llevado el caso, Lex Abogacía.

El Síndrome de Lesch-Nyhan se trata de una mutación que priva al organismo de la enzima necesaria para metabolizar las purinas, por lo que el cuerpo acumula altos niveles de ácido úrico, provocando retrasos en el desarrollo psicomotor e innumerables e incapacitantes problemas de salud y de comportamiento (incluyendo automutilaciones), con el gran impacto en todas las esferas que ello conlleva, tanto en el paciente como en su entorno familiar. Por ello, cuando se conoce que una madre es portadora, como era el presente caso (pues tenía ya un hijo afecto a esta patología), existen pruebas analíticas para detectar durante el embarazo si el feto ha heredado o no esa mutación y si desarrollará o no la enfermedad.

Canarias tendrá que pagar una indemnización histórica de 1,3 millones de euros, más intereses desde la fecha de la reclamación patrimonial

La sentencia concluyó que la sanidad canaria incurrió en una doble falta de diligencia que la convierte en responsable: primero, por no haber realizado una comprobación preanalítica de la muestra para garantizar que una muestra remitida a un laboratorio externo no estaba contaminada y segundo, no adoptar medida alguna cuando, finalmente, se descubrió que otra muestra analizada en sus dependencias estaba contaminada con ADN materno.

Pese a la relevancia de ese hallazgo, se siguió el embarazo sin que el personal sanitario actuase, obviando que una muestra de material genético contaminado implica que las conclusiones alcanzadas hasta ese momento no son válidas, debiendo realizarse nuevas pruebas para confirmar o descartar la patología, algo que jamás se llevó a cabo, pese a encontrarse la gestante en la semana 16 del embarazo.

Por ello, la sentencia recoge con gran precisión que hubo, en puridad, dos negligencias médicas en la asistencia prestada y esas graves omisiones del Servicio Canario de Salud propiciaron el nacimiento de otro hijo de la familia afectada con la enfermedad de Lesh-Nyhan. Ahora, Baltar ha asumido en nombre de la sanidad canaria la responsabilidad de lo ocurrido en este asunto y ha pedido disculpas a la familia.

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