El TSJC condena al Hospital de Vic por vulneración del derecho de huelga a tres residentes

El máximo órgano judicial catalán ha corroborado la sentencia del Juzgado de lo Social de Granollers y ha confirmado la indemnización de 6.251 euros para cada una de las MIR demandantes

Fachada del Consorcio Hospitalario de Vic (Foto: Metges de Catalunya)
Fachada del Consorcio Hospitalario de Vic (Foto: Metges de Catalunya)
4 abril 2023 | 16:05 h
Archivado en:

El pasado año, 2022, el Consorcio Hospitalario de Vic (CHV) fue condenado a indemnizar a tres médicos residentes por vulnerar su derecho fundamental de huelga durante las movilizaciones convocadas por Médicos de Cataluña (MC) en octubre de 2020. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por el CHV contra dicha sentencia condenatoria. 

De este modo, el máximo órgano judicial catalán ha corroborado la sentencia del Juzgado de lo Social de Granollers y ha confirmado la indemnización de 6.251 euros para cada una de las MIR demandantes, defendidas por el sindicato médico, para obligarlas a realizar la jornada ordinaria de trabajo como parte de los servicios mínimos de la huelga.

Aunque las tres facultativas fueron incluidas en la plantilla de servicios mínimos para garantizar la atención sanitaria urgente, ninguna de las áreas en las que prestaron asistencia podían considerarse esenciales, siguiendo el criterio establecido por el decreto del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Aunque las tres facultativas fueron incluidas en la plantilla de servicios mínimos para garantizar la atención sanitaria urgente, ninguna de las áreas en las que prestaron asistencia podían considerarse esenciales

Asimismo, la actividad que realizaron como parte de su jornada ordinaria tampoco respondía a las circunstancias de urgencia o necesidad vital que definió el orden de servicios mínimos. Por este motivo, el TSJC ha concluido que, tal y como dictó el tribunal de primera instancia, el CHV conculcó el derecho fundamental de huelga de las residentes y se extralimitó, obligándolas a realizar la actividad ordinaria además de atención continuada.

El alto tribunal catalán, pues, ha confirmado la sentencia de primera instancia y la indemnización económica por daños y perjuicios que deben recibir las afectadas por haberles impedido ejercer su derecho de huelga.

MÁS DENUNCIAS

MC ha presentado dos nuevas demandas por la vulneración del derecho de huelga del personal facultativo en el paro médico convocado por la organización el pasado 25 y 26 de enero

En concreto, el sindicato ha denunciado al Consorcio de Atención Primaria de Salud Barcelona Esquerra (CAPSBE), entidad pública constituida por el Instituto Catalán de la Salud (ICS) y el Hospital Clínico de Barcelona, ​​para obligar a los profesionales asignados a la plantilla de servicios mínimos a realizar la agenda ordinaria programada, en contra del decreto de trabajo que limitaba la actividad del primer nivel asistencial a la prestación de servicios de atención continuada

Además, la organización también ha demandado al ICS por el mismo motivo. Por otra parte, MC está a la espera del resultado de la impugnación globalde la orden de servicios mínimos decretada para la huelga, al considerar que no aclaraba la condición de los MIR como plantilla no estructural de los centros sanitarios.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído