La Justicia confirma una sentencia al Sergas por no derivar a un hombre al hospital

El Servicio Gallego de Salud (Sergas) tendrá que abonar una indemnización de 40.000 euros a la mujer y a los cuatro hijos de un hombre de 88 años que falleció en 2015 tras no haber sido derivado desde el Punto de Atención Continuada (PAC).

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Orense que condena al Sergas
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Orense que condena al Sergas
CS
20 noviembre 2018 | 10:59 h

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Orense que condena al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a abonar una indemnización de 40.000 euros a la mujer y a los cuatro hijos de un hombre de 88 años que falleció en 2015 tras no haber sido derivado desde el Punto de Atención Continuada (PAC) de O Carballiño al Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de Orense (Chuo).

El hombre, según consta en el fallo del tribunal, fue enviado a su domicilio tras sufrir una caída que le provocó hematomas en la cabeza y no fue atendido en el centro hospitalario hasta dos días más tarde.

Los familiares del fallecido reclamaban un aumento en la indemnización, pero los magistrados se lo han denegado porque consideran correcto el baremo tenido en cuenta por el juzgado de Orense

"No resulta indiferente tener la posibilidad de recibir atención médica permanente en un hospital durante esas 48 horas, con la posibilidad de administración de medicación que cohíbe la acción de las plaquetas, que permanecer en su domicilio con una hemorragia interna", subraya en la sentencia el tribunal de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG.

Los familiares del fallecido reclamaban un aumento en la indemnización, pero los magistrados se lo han denegado porque consideran correcto el baremo tenido en cuenta por el juzgado de Orense.

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