El Sergas, condenado a pagar 172.000 euros a la familia de una mujer fallecida por "mala praxis"

El TSXG ha condenado al Sergas a indemnizar con un total de 172.000 euros al marido y a las hijas de una mujer que falleció por "mala praxis asistencial"

Hospital Álvaro Cunqueiro (Foto: Servizo Galego de Saúde)
Hospital Álvaro Cunqueiro (Foto: Servizo Galego de Saúde)
CS
7 noviembre 2023 | 10:10 h

El 15 de junio de 2020 una paciente portadora de audífonos se sometió a una operación por estrechamiento del conducto auditivo, lo que dificultaba el empleo del dispositivo. Para solventar el problema, la mujer, de 74 años, se sometió a una meatoplasia, que aparentemente sería una intervención "sencilla y de muy poco riesgo", tal y como lo recoge la sentencia, pese a que su doctor de confianza se la desaconsejaba. Posteriormente, en el mes de agosto fallecía la mujer por una “mala praxis asistencial”.

El desencadenante del fallecimiento de la paciente tras la operación fue el hecho de que hacía 58 años, cuando la mujer tenía 16 años, le operaron por coleostoma en el oído izquierdo, este antecedente provocaba que la la meatoplasia estuviera contraindicada porque la paciente no contaba con una barrera ósea en la meninge.

En este marco, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con un total de 172.000 euros al marido y a las hijas de la mujer fallecida, por esta "mala praxis asistencial" tras la operación de oído realizada en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo y que se suponía "sencilla".

El fallo del alto tribunal gallego, con fecha de 2 de noviembre, confirma la dictada el pasado mayo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vigo. La abogada de la defensa ha sido María Teresa Herrero Navarro, del Bufete SDS Legal, encargado de los servicios jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente.

TRAS LA OPERACIÓN

En cualquier caso, el 15 de junio se sometió a esta intervención durante la cual los facultativos realizaron una incisión que provocó la salida de líquido cefalorraquídeo. Días más tarde, se le colocó un drenaje lumbar externo y, a partir de ahí, "presentó un deterioro generalizado, evidente para sus familiares, pero no para el personal facultativo que consideraba que todo era normal".

Entre finales de julio y principios de agosto, le realizaron dos craneotomías y, ante el "mal pronóstico" que presentaba, acabó falleciendo el día 12 de agosto con 72 años.

"Y mal se comprende que por una intervención sin aparente riesgo a la que se somete una persona sin otro problema que el auditivo que arrastraba desde los 16 años pierda la vida por la penosa asistencia recibida"

"A juico de este tribunal, la incisión aludida era letal de necesidad. Y mal se comprende que por una intervención sin aparente riesgo a la que se somete una persona sin otro problema que el auditivo que arrastraba desde los 16 años pierda la vida por la penosa asistencia recibida", recogen los magistrados del TSXG.

De hecho, la sala insiste en que "los únicos responsables han sido los facultativos" porque, "teniendo la obligación" de ser conocedores de la intervención que le habían hecho durante su adolescencia, "no lo hicieron". Es más, la doctora que operó a la mujer reconoció que "de haber conocido" la ausencia de esa barrera ósea, "no hubiera procedido a la cirugía".

Así, el TSXG aprecia la "mala praxis" asistencial sufrida y ha confirmado la sentencia previa que obligaba al Sergas a indemnizar con 75.000 euros al marido de la fallecida, con 53.000 euros a una hija y con 22.000 a cada una de las otras dos. Cabe subrayar que la familia solicitaba casi 230.000 euros de indemnización, una cuantía que no estimó el juzgado de primera instancia.

Tras conocer esta sentencia, contra la que todavía cabe recurso ante el Tribunal Supremo, la presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores, lamenta que hubiese que acudir a la vía judicial "para reconocer la mala praxis, cuando era evidente y así lo recoge la sentencia".

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