Continúa la ambigüedad de la OCU en el tema de las cremas solares

La OCU señala que "no tiene ningún interés de que se sancione" a las firmas, pero a la vez reitera que "es una infracción grave y, por tanto, tiene aparejada y vinculada una sanción que es la consecuencia de una infracción”.

Ileana Izverniceanu, responsable de Comunicación y Relaciones Institucionales de OCU. (Foto. Fotomontaje ConSalud)
21 octubre 2019 | 16:30 h
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Pese a que Isdin y Babaria no han reportado incidente alguno de los consumidores tras la retirada voluntaria de sus protectores solares “ISDIN Fotoprotector Pediatrics Transparent Spray SPF 50+ en sus presentaciones wet y no wet" y “Babaria Solar Infantil Spray Protector SPF 50+”, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) sigue con su foco de atención puesto en estas dos marcas y ha instado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), dependiente del Ministerio de Sanidad, que aclare si impondrá sanciones a las empresas.

“Si tenemos en cuenta la ley, que no se conforma el etiquetado es una infracción grave y, por tanto, tiene aparejada y vinculada una sanción que es la consecuencia de una infracción”, ha declarado este lunes en una rueda de prensa Ileana Izverniceanu, responsable de Comunicación y Relaciones Institucionales de OCU.

Isdin incide que el producto aludido "es completamente seguro para la salud humana y su valor de protección queda avalado por diferentes estudios independientes realizados bajo estándares europeo y mundial"

En esta misma línea, Izverniceanu ha señalado que “hay consumidores que han confiado en estas marcas y que probablemente seguirán confiando, pero queremos que indiquen al consumidor que ha comprado estos productos qué van a hacer, si le van a devolver el dinero, si le va a hacer una rebaja en otros productos que compre…”. En definitiva, “que nos digan qué canal van a establecer para compensar al consumidor”, ha insistido.

La directora de comunicación de OCU también ha puntualizado que “la asociación no tiene ningún interés de que se sancione a Isdin y Babaria, simplemente es una reacción a una acción”. “Es la administración la que tiene que valorar si es sancionable o no, pero la consecuencia de una infracción tiene que ser una sanción”, ha reiterado.

Según la OCU, las empresas podrían enfrentarse a multas de hasta 30.000 euros, pero “hay que consultarlo porque nuestro objetivo no es imponer sanciones, es la administración”.

En todo caso, Isdin ha aclarado que “para evitar incertidumbre y controversia en el etiquetado por parte de los consumidores y las autoridades”, han propuesto a la Aemps “revisar y actualizar los métodos de medición de fotoprotección (elaborados hace una década) teniendo en cuenta la evolución del progreso técnico y científico y la aparición de formulaciones galénicas novedosas e innovadoras y más beneficiosas para la salud del consumidor y el medioambiente”.

De esta manera, en Isdin han defendido que la Agencia Española de Medicamentos “ha podido comprobar la disposición de la compañía a colaborar con las autoridades sanitarias para que no exista ningún tipo de incertidumbre y en ese sentido, pese a no tener queja por parte de los consumidores, Isdin ha procedido de forma voluntaria a retirar los productos afectados en el mercado y a su posterior sustitución”.

Al mismo tiempo, Isdin ha insistido en que mientras no se alcance una solución a nivel sectorial, han trabajado “en una nueva formulación del mismo producto que supera las discrepancias de metodología de los estudios de los laboratorios independientes, y que será puesta en breve en el mercado”.

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