El Gobierno prorroga las limitaciones de entrada a España desde África hasta el 29 de diciembre

Se mantienen las limitaciones de los vuelos entre Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue y los aeropuertos españoles.

Los controles a viajeros procedentes de China entran en vigor (Foto. Comunidad de Madrid)
Los controles a viajeros procedentes de China entran en vigor (Foto. Comunidad de Madrid)
CS
15 diciembre 2021 | 13:05 h

El Gobierno ha aprobado esta semana un acuerdo por el que se mantienen las medidas excepcionales para frenar la propagación y el contagio por la variante B.1.1.529 (ómicron) de la COVID-19 aprobadas el pasado 30 de noviembre, por la que se limitan los vuelos entre Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue y los aeropuertos españoles.

Según el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros, y que publica hoy el BOE, estas mismas restricciones se aplicarán a los vuelos procedentes de aeropuertos situados en Malawi y Zambia, con lo que serán nueve el total de países concernidos por este acuerdo del Consejo de Ministros.

La medida entrará en vigor a las 00:00 del día 16 de diciembre (hora peninsular) y se mantendrá hasta las 24:00 horas del 29 de diciembre de 2021 (hora peninsular)

La medida entrará en vigor a las 00:00 del día 16 de diciembre (hora peninsular) y se mantendrá hasta las 24:00 horas del 29 de diciembre de 2021 (hora peninsular), período que podrá prolongarse si es necesario en función de la evolución de la situación y de la pandemia y de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea.

Desde estos países sólo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por ciudadanos españoles o andorranos, así como residentes en ambos países o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

Quedan exceptuados de esta limitación los vuelos de aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento, vuelos con escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino otro país, vuelos exclusivos de carga, posicionales y humanitarios, médicos o de emergencia. Tampoco se aplicará esta restricción al personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.

JUNTO A LA CUARENTENA

Cabe recordar que hace una semana, el BOE publicó también una orden del Ministerio de Sanidad por la que se prorrogaba la obligatoriedad de hacer cuarentena a los viajeros que procedan del sur de África para tratar de frenar la transmisión de la variante Ómicron del Covid-19. La nueva orden estará vigente desde las 00:00 horas del 13 de diciembre de 2021 hasta las 24:00 horas del 26 de diciembre.

Así, las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en Sudáfrica, Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia y Zimbabue a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias, deberán hacer cuarentena. Además, se amplía a Malawi y Zambia.

Según recogía la orden ministerial, los viajeros deberán guardar cuarentena durante los 10 días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo. Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa (PDIA) o PCR con resultado negativo.

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