Sanidad amplía las medidas de control sanitario a pasajeros procedentes de países de alto riesgo

El Gobierno implementa las capacidades de la aplicación Spain Travel Health (SPTH) de control de viajeros en frontera.

Varios pasajeros en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez   Madrid Barajas. (Foto. Eduardo Parra   Europa Press)
Varios pasajeros en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas. (Foto. Eduardo Parra Europa Press)
Patricia Merino - Redactora
29 diciembre 2021 | 11:55 h

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy una Resolución de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, por la que se modifica la de 4 de junio de 2021, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

Así, para personas procedentes de países de alto riesgo, y al igual que se ha implantado en otros países de la Unión Europea, se les requerirá, a partir del 30 de diciembre, un certificado de prueba diagnóstica negativa y, además, un certificado de vacunación o de la misma recuperación.

Se les requerirá, a partir del 30 de diciembre, un certificado de prueba diagnóstica negativa

Adicionalmente, a partir del 1 de febrero de 2022, se aceptarán como válidos los certificados de vacunación expedidos a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, siempre que no haya transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis.

La aplicación Spain Travel Health (STPH) de control de viajeros en frontera, permitirá, en consecuencia, aportar, a las personas procedentes de países de alto riesgo, dos certificados, siendo uno de ellos diagnóstico de infección activa y otro de vacunación o de recuperación, generando el QR correspondiente y a partir del 1 de febrero de 2022, aplicará el periodo de validez de 270 días a los certificados de vacunación.

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