Medicamentos, MIR, financiación... ¿Cuáles son las competencias sanitarias reales del ministerio?

Con la Constitución de 1978 se establecieron estas competencias que corresponderían al Estado o a las Comunidades Autónomas

Fachada del Ministerio de Sanidad
Fachada del Ministerio de Sanidad

La Sanidadha sido uno de los pilares fundamentales de la historia de España. Nuestro modelo sanitario, pese a haberse visto muy perjudicado por la pandemia, ha sido durante muchas décadas envidiado por el resto de países del mundo. Pero el modelo actual, tal y como lo conocemos ahora, con el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas no siempre ha tenido esta estructura.

De hecho, antes del actual Sistema Nacional de Salud (SNS), nuestra sanidad estaba coordinada a través del Instituto Nacional de Salud (Insalud), creado en 1978. Antes del Insalud, desde 1908 y hasta el 78, el Instituto Nacional de Previsión (INP). El Insalud dio paso a nuestro actual sistema de manera escalonada y es que algunas comunidades fueron tomando competencias con el paso de los años.

Ya en el 2002, coincidiendo con la creación de las actuales consejeríassanitarias de cada territorio, se produjo la transferencia total de competencias a las comunidades, dando lugar a nuestro sistema coordinado por el Ministerio de Sanidad. En el caso de Ceuta y Melilla, eso sí, el Estado se sigue encargando de la sanidad a través del Ingesa. Pero, ¿qué competencias tienen ahora las comunidades autónomas y el gobierno central en materia sanitaria?

¿Qué competencias tienen ahora las comunidades y el gobierno central en materia sanitaria?

Con la Constitución de 1978 se establecieron estas competencias. En términos generales, las competencias exclusivas del Estado en el ámbito sanitario son las siguientes: Sanidad Exterior; Bases y coordinación general de la sanidad y Legislación sobre productos farmacéuticos. Además, corresponde al Ministerio de Sanidad, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado para asegurar a la ciudadanía el derecho a la protección de la salud.

Así se expresa desde el Ministerio. Dentro de esta cartera, existen además distintos órganos: la Secretaría de Estado de Sanidad, actualmente en manos de Silvia Calzón; la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, con Juan Fernando Muñoz al frente; y la Subsecretaría de Sanidad, con Octavio Rivera. Además, el Ministerio también coordina el Consejo Interterritorial del SNS, órgano que representa a todas las comunidades autónomas y que opera con la Administración para aprobar planes, convenios, o programas conjuntos.

De manera más concreta, el Estado se encarga de fijar la financiación que tendrá la Sanidad en España. A través de los Presupuestos Generales del Estado se aprueba un gasto específico para cada comunidad en materia sanitaria, en función de la población y de las características de cada región. No obstante, las comunidades autónomas pueden aumentar su financiación a la sanidad a través de sus propios mecanismos de recaudación. Es por ello que algunas comunidades, como por ejemplo Navarra, dedican un gran gasto público por habitante en materia de Sanidad frente a otras que no.

Otra de las grandes competencias que tendría el Ministerio de Sanidad sería la gestión de la Formación Sanitaria Especializada

Otra de las grandes competencias que tendría el Ministerio de Sanidad sería la gestión de la Formación Sanitaria Especializada. Es el encargado de convocar las plazas MIR y, por tanto, quien decide cuántas plazas se ofertan. Las sociedades y las comunidades, eso sí, trasladan sus propuestas al Ministerio. La contratación posterior de estos MIR ya correría a cargo de las comunidades. Estas también pueden inferir en los requisitos de las contrataciones, como por ejemplo la lengua como requisito.

En cuanto a la creación de las especialidadesdentro de las profesiones sanitarias, el  Consejo de Ministros aprobó el pasado año el Real Decreto por el que se regula la creación de nuevas especialidades sanitarias. Las sociedades son las que pueden presentar las peticiones para crear las especialidades, pero recae en el Estado la decisión de crearla o no.

Otra de las competencias que tendría el Ministerio sería en relación a los medicamentos. Es decir, la legislación sobre productos farmacéuticos. Si bien las comunidades se encargan de ejecutar la legislación estatal, es el gobierno quien debe aprobar los medicamentos a través de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Si bien estos medicamentos están aprobados, luego cada comunidad e incluso cada hospital puede o no comprarlos, lo que también crea desigualdades.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído