Sanidad suma seis nuevas sustancias al listado de productos psicotrópicos

El Ministerio de Sanidad ha incluido seis nuevas sustancias, y sus variantes, al listado de productos psicotrópicos por carecer “de utilidad terapéutica establecida o reconocida”.

El Ministerio de Sanidad asegura que estos productos no tienen utilidad terapéutica.
El Ministerio de Sanidad asegura que estos productos no tienen utilidad terapéutica.
CS
5 abril 2019 | 00:00 h

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves una orden del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social por la que se incluyen nuevas sustancias al listado de productos psicotrópicos, recogido en el Real Decreto 2829/1977. El Gobierno actúa así tras la aprobación de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas de su inclusión.

En concreto se incluirán las siguientes sustancias: AB-CHMINACA (N-[(2S)-1-amino-3-metil-oxobutan-2-il]-1- (ciclohexilmetil)-1H-indazol-3-carboxamida), 5F-MDMB-PINACA(5F-ADB) ((2S)-2-{[1- (fluoropentil)-1H-indazol-3- carbonil] amino}-3,3-dimetilbutanoato de metilo), AB-PINACA (N- [(2S)-1-amino-3-metil-1-oxobutan-2-il]-1-pentil-1H-indazol-3-carboxamida), UR-144 (1- fentil-1H-indol-3-il) (2,2,3,3-tetrametilciclopropil)metanona), 5F-PB-22 (1-(5-fluoropentil)-1Hindol-3-carboxilato de quinolin-8-ilo) y 4-fluoroanfetamina (4-FA) (1-(4-fluorofenil)propan-2- amina).

El Ministerio de Sanidad asegura que "actualmente no existen medicamentos autorizados en España que contengan ninguna de estas sustancias en su composición"

Asimismo, la orden de Sanidad informa que también se incluirán en el listado “sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de aplicación las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control”.

SIN UTILIDAD TERAPÉUTICA

Según queda recogido en el BOE, ha sido necesario aplicar a estas sustancias “unas medidas de control proporcionales a los riesgos que generan para la salud” atendiendo de esta manera “a los riesgos sanitarios que plantea el consumo de estas sustancias” y a que “carecen de utilidad terapéutica establecida o reconocida”. Asimismo, el Ministerio de Sanidad ha asegurado que “actualmente no existen medicamentos autorizados en España que contengan ninguna de estas sustancias en su composición”.

Tras publicarse esta orden, las entidades fabricantes, importadoras, exportadoras, distribuidoras o dispensadoras de estas sustancias tienen desde este viernes para adecuar su actuación a las exigencias que se imponen en el Real Decreto 2829/1977 que además de listado recoge la regulación de la fiscalización para la fabricación, comercio, elaboración y distribución de sustancias psicotrópicas.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído