Normativa antitabaco en España: una senda contra los cigarrillos emprendida en 1988

Esta legislatura se ha marcado en rojo por parte del Ministerio de Sanidad para seguir avanzando en las limitaciones para el consumo de tabaco en espacios como terrazas

Hombre fumando en una terraza. (EP)

El Ministerio de Sanidad de Mónica García se ha marcado como una de las metas de su legislatura retomar el plan antitabaco de 2021-2025, abriendo las puertas a ampliar los espacios sin humo a zonas como las terrazas o elevar los impuestos para las cajetillas. Unas estrategias que llevaban tiempo aparcadas en el cajón de su departamento, desde que el exministro Salvador Illa confeccionase un borrador que, finalmente, nunca llegó a desarrollarse de manera efectiva. "No podemos darle la espalda a la única medida que más años y calidad de vida puede aportar a la población y disminuir el tabaquismo", remarcó García acerca de la idea de ahondar en la estrategia antitabaco.

De esta manera, presumiblemente el 2024 traerá avances en una normativa para acotar aún más el espacio habilitado a los fumadores. Una línea restrictiva que comenzó en España en el año 1988 y se consolidó en 2011 con la prohibición de fumar en el interior de bares, restaurantes y discotecas. En esta línea, 35 años después, la lucha contra un hábito que constituye la primera causa mundial de muertes y morbilidad evitable en nuestros días vuelve a ponerse sobre la palestra, incorporando también las nuevas modalidades de tabaquismo como vapeadores y cigarrillos electrónicos.

1988: FUMAR EN UN HOSPITAL

Desde la perspectiva actual no parece concebible que las personas pudieran encenderse un cigarrillo, precisamente, en las salas de espera de los hospitales. Sin embargo, así era. No fue hasta el 4 de marzo de 1988 cuando se aprobó en nuestro país la primera ley que restringió el consumo de tabaco en centros hospitalarios, centros docentes, salas de teatro, cine o ascensores, entre otros espacios. Si bien, la normativa también recogía la posibilidad de reservar áreas habilitadas para fumar en estos centros, así como en transportes colectivos donde hubiera plazas de pie. Igualmente, aún permitía fumar durante los vuelos.

El año 1988 abrió la senda de limitar la publicidad del tabaco en la televisión, tras un acuerdo entre Sanidad y Consumo con el sector tabaquero

Además, ese mismo año abrió la senda de limitar la publicidad del tabaco en la televisión, tras un acuerdo entre Sanidad y Consumo con el sector tabaquero. Años después, llegaron los sucesivos textos de la Ley 25/1994, que prohibió la publicidad indirecta del tabaco; la Ley 22/1999, ampliando la prohibición a la televenta; y la Ley 28/2005, que prohibió el patrocinio de productos de tabaco, su distribución gratuita y promocional más allá de las paredes de un estanco, así como su promoción y publicidad en máquinas expendedoras y en los diferentes medios de comunicación.

1992 Y 1999: VIAJAR SIN MALOS HUMOS

La primera limitación contra el tabaco en los aviones que aterrizó en nuestro país llegó el mismo año que las Olimpiadas de Barcelona y la Expo de Sevilla, 1992. Precisamente el año en el que España se convirtió en un foco internacional y suscitó la entrada de muchos visitantes extranjeros. Tal vez por ello, se concibió la prohibición de fumar en todos los vuelos nacionales cuya duración no excediese los 90 minutos. Con ello, la realidad de poder sacar los cigarrillos de los aviones comenzó a tomar vuelo en la normativa nacional.

Hubo que esperar a 1999 para que la aprobación de un real decreto erradicase la posibilidad de fumar en cualquier vuelo con origen y destino a un aeropuerto español

Hubo que esperar 5 años más (1999) para que la aprobación de un real decreto erradicase definitivamente la posibilidad de fumar en cualquier vuelo con origen y destino a un aeropuerto español. Igualmente, este reglamento vino a ampliar lo aprobado en 1988 en el resto de medios de transporte colectivos, eliminando definitivamente las plazas reservadas a fumadores que aún seguían existiendo en los autobuses. Con todo, al fumador sólo le quedo la posibilidad de encenderse un ‘pitillo’ en su propio vehículo privado.

2005: ADIÓS A FUMAR EN EL TRABAJO

El Congreso de los Diputados aprobó en 2005 una nueva norma (Ley 28/2005) que continuó acotando el hábitat de los fumadores nacionales e hizo cenizas, definitivamente, la posibilidad de fumar en los centros de trabajo. Además, en el marco de las medidas sanitarias frente al tabaquismo cerró también los espacios reservados en colegios y hospitales. Por otra parte, la limitación comenzó a adentrarse en los establecimientos de hostelería, prohibiendo fumar en bares y restaurantes que no dispusieran de un área habilitada para los fumadores, y que se encuentre separada del resto de personas.

2011: ALEJAR TABACO Y OCIO

El último gran avance legislativo hasta la fecha en la lucha contra el tabaco llegó con la Ley 42/2010, que entro en vigor recién empezado el año 2011. Esta norma modificó la anterior de 2005 y cerró la puerta de todos los locales públicos de ocio al tabaco, sin excepción. La totalidad de los bares, discotecas, restaurantes, bingos o casinos españoles tuvieron que deshacerse de sus ceniceros. Además, la prohibición se extendió a las puertas de los centros educativos y hospitales, así como a los parques.

En la estrategia de Sanidad se apunta a la posibilidad de que las terrazas se conviertan en el nuevo espacio reconquistado al tabaco

En este contexto, tras escuchar a la ministra Mónica García, el 2024 no se presenta como un año muy esperanzador para los intereses de los fumadores; o tal vez sí, pues no olvidemos que todas estas restricciones van dirigidas a desalentar el consumo de tabaco y proteger la salud de los ciudadanos (fumadores y no fumadores). En la estrategia de Sanidad se apunta a la posibilidad de que las terrazas se conviertan en el nuevo espacio reconquistado al tabaco. Por otra parte, queda por ver la reacción de las diferentes CC.AA. ante las nuevas normativas apuntadas desde el Ministerio.  

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