La UE amplía el control de exportación de vacunas Covid-19 hasta final de año

La Unión Europea va a ampliar de septiembre a diciembre el mecanismo de transparencia y autorización para llevar a cabo las exportaciones comunitarias de las vacunas contra el coronavirus.

Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea (Foto: CE)
Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea (Foto: CE)
CS
30 septiembre 2021 | 12:55 h

La ComisiónEuropea va a extender hasta finales de 2021 el mecanismo impulsado para controlar y limitar la exportación de vacunas frente al Covid-19 por parte de la UE a otros países. Hasta ahora, el límite se había establecido en septiembre, el cual quedará fijado hasta diciembre.

Así lo ha asegurado un funcionario de la UE, según ha publicado la agencia Reuters. De esta manera se extiende hasta finales de año el mecanismo de transparencia y autorización para llevar a cabo las exportaciones comunitarias de las vacunas contra el coronavirus.

La CE introdujo los principios de reciprocidad y proporcionalidad como nuevos criterios que deben tenerse en cuenta para autorizar las exportaciones

En marzo, la Comisión Europea introdujo los principios de reciprocidad y proporcionalidad como nuevos criterios que deben tenerse en cuenta para autorizar las exportaciones en el marco del mecanismo de transparencia y autorización para las exportaciones de vacunas contra la COVID-19, aprobado en enero.

Si bien este sistema ha mejorado considerablemente la transparencia de las exportaciones, la UE reconoció que el objetivo de garantizar el acceso rápido a las vacunas contra la COVID-19 para los ciudadanos de la UE aún no se había alcanzado.

REGLAMENTO

El nuevo Reglamento introdujo dos cambios en el mecanismo existente. En primer lugar, además del efecto que una exportación prevista pueda tener en el cumplimiento de los acuerdos de compra anticipada celebrados por la UE con los fabricantes de vacunas, los Estados miembros y la Comisión también deberán tener en cuenta:

  • Reciprocidad: si el país de destino restringe sus propias exportaciones de vacunas o de sus materias primas, ya sea por ley o por otros medios.
  • Proporcionalidad: si las condiciones imperantes en el país de destino son mejores o peores que las de la UE, en particular en lo que respecta a su situación epidemiológica, su tasa de vacunación y su acceso a las vacunas.

Los Estados miembros y la Comisión deben determinar si las exportaciones solicitadas suponen una amenaza para la seguridad del suministro de vacunas y de sus componentes en la Unión. En segundo lugar, con el fin de obtener una imagen completa del comercio de vacunas, el nuevo acto incluye en el ámbito de aplicación del Reglamento a 17 países que estaban anteriormente exentos.

Al margen de ello, la UE mantiene su compromiso con la solidaridad internacional y, por lo tanto, sigue excluyendo de este régimen los suministros de vacunas para ayuda humanitaria o destinados a los 92 países de renta baja y media incluidos en la lista del compromiso anticipado de mercado de COVAX.

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