El hospital de Cabueñes indemnizará a los hijos de un paciente que quedó tetrapléjico

Un error en la inmovilización del paciente agravó en daño en dos vértebras tras una caída en su domicilio

Hospital de Cabueñes
Hospital de Cabueñes
CS
18 marzo 2019 | 13:15 h

El Hospital de Cabueñes deberá indemnizar con 48.000 euros a los tres hijos de un hombre que sufrió una tetrapeljia  tras una caída en su domicilio. Así lo ha hecho público el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) según informa El Comercio.

Los hechos se remontan al año 2015 cuando el hombre, de avanzada edad, fue ingresado en Traumatología por la fractura de dos vertebras (C5 y C4). Según se hace eco el diario, no se le indicó una intervención quirúrgica urgente por las características de la fractura ni por la situación clínica del paciente, por lo que procedió a “inmovilizarlo con un collarín rígido”, señala la sentencia. Presentaba un cuadro confusional y un deterioro respiratorio, junto a síntomas neurológicos, sufrió una parada cardiorespiratoria e ingresó en la UCI. “Al recuperar el nivel de conciencia se objetiva prácticamente tetraplejia, un cuadro clínico de pronóstico infausto, más aún en un paciente de edad avanzada”, añade.

El Cabueñas deberá indemnizar con 48.000 euros a los progenitores del paciente

Los facultativos médicos aconsejaron cirugía “para poder movilizar al paciente y permitir su rehabilitación, en un intento de mejorar su calidad de vida y evitar complicaciones secundarias de reposo y encamamiento”. La operación se desarrolla con normalidad, pero “la evolución clínica del paciente es desfavorable”. Finalmente, falleció el 13 de enero de 2016.

En ese momento, los hijos del fallecido interpusieron una denuncia ante la Consejería de Sanidad reclamando 300.000 euros. Tras denegarles la solicitud, los descendientes interpusieron un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA que ahora se ha estimado parcialmente.

A este respecto, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) considera que “se produjo una inadecuada técnica o un uso indebido de medios para inmovilizar inicialmente las fracturas que presentaba el paciente, que determinó una pérdida de oportunidad traducida en su mayor exposición a complicaciones y ha posibilitado, asimismo, el que se hayan producido otros daños a nivel cervical y medular que quizá no se hubieran podido evitar, pero sí paliar en cierta medida, mejorando el pronóstico de la evolución patológica”.

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