Castilla y León mejora las ayudas de desplazamiento para pacientes oncológicos

La Consejería de Sanidad de Castilla y León actualiza sus ayudas con la Orden SAN/1336/2019, de 17 de diciembre.

Verónica Casado, consejera de Sanidad de Castilla y León (Foto. Junta de Castilla y León)

La Consejería de Sanidad de Castilla y León ha actualizado, a través de una Orden que publica el Boletín Oficial de Castilla y León (Orden SAN/1336/2019, de 17 de diciembre), las ayudas destinadas al desplazamiento con fines asistenciales tanto a los pacientes oncológicos que tienen que viajar para poder recibir el tratamiento de radioterapia y/o quimioterapia como a los pacientes en espera de trasplante que no encuentran cobertura plena actualmente para los desplazamientos relacionados con todo su proceso asistencial.

La normativa anterior a la aprobada (Orden SAN/144/2017, de 22 de febrero) determinaba una serie de criterios para poder acceder a estas ayudas. Entre estos se encontraba la priorización de los pacientes atendiendo a factores como la edad, el grado de discapacidad, el grado de dependencia, la situación clínica o económica del paciente.

Se incorpora el régimen de recursos administrativos procedentes, al objeto de facilitar a los pacientes que hayan visto rechazadas su solicitud de ayudas

Dos años después de aplicarse la citada norma se ha advertido de la necesidad de atender a otro grupo, con el objetivo de reforzar y mejorar la equidad del sistema sanitario. Se trata de las personas a cargo de un lactante ingresado en el hospital que necesitan desplazarse dentro de la misma provincia de residencia. De esta forma podrán recibir las mismas ayudas en dicho concepto que si el bebé hubiese sido ingresado en una provincia diferente a la de residencia.

Con la vista puesta en favorecer la aplicación de estas ayudas, aquellos pacientes que necesiten ser trasladados en el mismo día mediante transporte sanitario a una provincia diferente de la de residencia para recibir su tratamiento, podrán ser susceptibles de recibir las ayudas por manutención en las mismas condiciones que aquellos pacientes que se trasladen en transportes no sanitarios.

Además, se incorpora el régimen de recursos administrativos procedentes, al objeto de facilitar a los pacientes que hayan visto rechazadas su solicitud de ayudas.

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