Mascarillas obligatorias y multas por no utilizarlas: estas son las medidas de la "nueva normalidad"

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recogerá en un nuevo decreto las medidas de prevención, contención y coordinación para controlar el coronavirus una vez finalice el estado de alarma el próximo 21 de junio

Mascarillas. (Foto. Rawpixel)
Mascarillas. (Foto. Rawpixel)
CS
8 junio 2020 | 11:00 h
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A partir de este martes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogerá en un nuevo decreto las medidas de prevención, contención y coordinación para controlar el coronavirus una vez finalice el estado de alarma el próximo 21 de junio.

Según contempla el borrador de ese real decreto, presentado ayer a las comunidades autónomas, el uso obligatorio de mascarillas seguirá vigente en esa "nueva normalidad", así como, las sanciones a quienes no la utilicen en los supuestos recogidos de uso obligatorios. 

En otro de los artículos del borrador se recoge que los centros de trabajo deberán estar ordenados para garantizar la distancia física de seguridad y los turnos organizados para evitar aglomeraciones y, además, deberán adoptar medidas de limpieza y desinfección y proporcionar a los trabajadores equipos de protección, jabón o geles hidroalcohólicos. 

El borrador declara la COVID-19 enfermedad de declaración obligatoria urgente

Además, según publica el Diario de Avisos, "los centros de mayores deberán presentar un plan específico de contingencia por COVID-19 orientado a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores y sus contactos, a la notificación inmediata y a la activación, en su caso, de los procedimientos internos y de coordinación con el sistema sanitario que corresponda".

En cuanto a las medidas en transporte, de las ya conocidas destaca que los operadores deberán regular la oferta de plazas y el volumen de ocupación en los servicios de transporte público de viajeros por vía marítima, por ferrocarril y por carretera, todos ellos de competencia estatal.

El borrador también declara la COVID-19 enfermedad de declaración obligatoria urgente, es decir, "los servicios de salud de las comunidades autónomas tendrán que garantizar en todos los niveles de la asistencia y, en especial, en la atención primaria, que a todo caso sospechoso de COVID-19 se le realizará una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas".

Asimismo, el borrador establece que el sistema sanitario deberá garantizar la capacidad para responder ante incrementos de la transmisión y el consiguiente aumento en el número de casos. Para ello, "las comunidades autónomas deberán garantizar las capacidades del sistema sanitario en materia de recursos humanos y elaborar planes de contingencia que permitan contar en un plazo de máximo de cinco días de entre 1,5 y 2 camas de cuidados intensivos y de entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes". 

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