Sanidad y Europa: el difícil camino hacia un modelo sociosanitario europeo

Analizamos la situación de los derechos en materia de Salud en el viejo continente y España de la mano de Rodolfo Antuña, director del Máster en Dirección y Gestión Hospitalaria de UNIR.

Sede del Parlamento Europeo (Foto. Parlamento Europeo)
Sede del Parlamento Europeo (Foto. Parlamento Europeo)
Ángel Luis Jiménez
18 abril 2020 | 00:00 h
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Cada 18 de abril se celebra el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes gracias a la iniciativa de la Active Citizenship Network. El objetivo de esta jornada es el de promocionar la participación de los ciudadanos europeos para mejorar todos los aspectos relativos a la salud integral mediante el diálogo y la información.

En 2002 la citada red, a través de la Carta de los Derechos de los Pacientes, promulgó los 14 derechos que deben tener todos los pacientes en Europa y que deben ser cumplidos y acatados por todos los centros de salud.

Con motivo de este día y ante la situación excepción que el mundo, y especialmente Europa, está viviendo como consecuencia de la pandemia del nuevo coronavirus SARS-CoV-2, desde ConSalud.es hemos entrevistado a Rodolfo Antuña, director del Máster en Dirección y Gestión Hospitalaria de UNIR.

¿Qué es el derecho a la Salud?

El derecho a la salud aparece recogido en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. En ese artículo se dice, entre otras cosas, que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…

Por supuesto, a partir de esta normativa, se han ido desarrollando a lo largo de los años, otras, desde organismos internacionales (como la OMS o la UE entre otros) hasta nacionales, regionales o autonómicos, que detallan y amplían los contenidos del derecho a la salud de los ciudadanos

Si me lo permite quiero hacer tres consideraciones, al hilo de su pregunta:

La primera, que el concepto “Derecho a la Salud” es, aunque pudiera no parecerlo, bastante moderno. En 1998, los países miembros de la OMS firman la Carta Mundial de la Salud en la que se reconoce la salud como un derecho fundamental de todas las personas. Tan solo hace de esto 22 años. Desde luego, hoy en día no se puede decir que el derecho a una asistencia sanitaria universal, “gratuita” y en condiciones de equidad para todos los ciudadanos esté, ni mucho menos, implantado en la mayoría de los países del mundo.

La segunda, de especial relevancia en el momento actual, que el derecho a la salud de los ciudadanos es el deber del Estado a cuidarla. El Estado es el garante del derecho a la salud, y es su deber y obligación cuidar la salud de sus ciudadanos.

En 1998, los países miembros de la OMS firman la Carta Mundial de la Salud en la que se reconoce la salud como un derecho fundamental de todas las personas

La tercera, directamente relacionada con el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes es que, entre las funciones de la sanidad, están la prevención, la promoción, el tratamiento y, en lo posible, la curación de la enfermedad y el mantenimiento de la salud individual y colectiva.

Precisamente a partir del derecho a la salud de los ciudadanos y del tratamiento y curación de enfermedades se desarrollan los Derechos de los sujetos pasivos de la enfermedad, los pacientes.

¿Cómo está recogido y protegido este derecho en España?

En España, centrándome exclusivamente en el sanitario asistencial, e intentando concretar al máximo la respuesta a su pregunta, habría que ceñirse a lo que se llama la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y a la cartera de servicios accesorios de las comunidades autónomas. En ambas se recogen los tipos y características de las prestaciones sanitarias a las que tienen derecho los ciudadanos. 

Si luego usted me preguntase, si los contenidos de las carteras de las comunidades autónomas son iguales, le diría que no, y ya empezaríamos con el lio de si unos ciudadanos tienen distintos derechos. Lo cual, por lo menos, quiere decir que todavía nos queda bastante camino por recorrer en el campo del derecho a la salud, quizás no desde el punto de vista asistencial, pero si desde el gestor y político.

Siempre dentro de los acuerdos internacionales suscritos, en España, como no puede ser de otra manera, se ha ido desarrollando normativa que recoge el derecho a la atención sanitaria de los ciudadanos, la financiación del sistema, la equidad entre las distintas administraciones, etc.

Entre las funciones de la sanidad, están la prevención, la promoción, el tratamiento y, en lo posible, la curación de la enfermedad y el mantenimiento de la salud individual y colectiva

Sin entrar en grandes detalles, quizás uno de los puntos de partida de la sanidad moderna española es la ley General de Sanidad de 1986 y, en 2002, la Ley reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

El desarrollo normativo ha seguido a lo largo de los años con otra serie de leyes como la ley de Cohesión del SNS en 2003 y la ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS en 2012.

En la misma línea y muy directamente relacionados con los derechos de los pacientes, se ha desarrollado legislación sobre el Registro de Instrucciones Previas, sobre la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, etc.

¿Cuáles son los principales derechos de los pacientes en España?

Con carácter general podemos decir que, hoy por hoy en España, entre los principales derechos reconocidos a los pacientes, están:

- El derecho a recibir la atención sanitaria en tiempo y forma y el derecho a una segunda opinión

- El derecho a ser informado amplia y claramente sobre su diagnóstico y tratamiento, y el derecho a escoger y a renunciar al mismo. En la misma línea, el derecho a manifestar sus voluntades anticipadas y a que se respecten.

No hay que olvidar que todos, como pacientes que somos o seremos en algún momento, también tenemos una serie de obligaciones y deberes para con las instituciones sanitarias y su adecuado funcionamiento

- El paciente, como dueño de sus datos, tiene derecho a disponer de todos los datos de su historia clínica. A la intimidad y confidencialidad de su información y del acceso a sus datos clínicos y que estos no puedan ser utilizados para discriminarlo a la hora de posibles tratamientos. A que se le solicite con antelación a las actuaciones diagnósticas y/ terapéuticas el consentimiento adecuada, clara y comprensiblemente informado correspondiente. 

- A conocer, de forma comprensible, el estado de salud de la población en la que se encuentra y los riesgos en los que se puede ver inmerso.

- A ser tratado de acuerdo a protocolos contrastados y acordados por los profesionales correspondientes. A evitar el dolor y el encarnizamiento terapéutico, derecho a presentar reclamaciones, a recibir indemnizaciones y a presentar sugerencias.

No hay que olvidar que todos, como pacientes que somos o seremos en algún momento, también tenemos una serie de obligaciones y deberes para con las instituciones sanitarias y su adecuado funcionamiento, así como respecto a los profesionales sanitarios, los otros pacientes y sus acompañantes. 

Solo por mencionar algunos de ellos: la obligatoriedad de firmar las altas voluntarias y las relacionadas con el adecuado uso del sistema sanitario y sus prestaciones, como las bajas laborales e incapacidades, las prestaciones sociales y farmacéuticas, etc.

¿Existe realmente un modelo sociosanitario europeo?

La respuesta inmediata a su pregunta sería un rotundo no, pero será un sí. En Europa hay sustancialmente dos modelos sanitarios cuyas características generales, sin entrar en detalles, serían:

Modelo Beveridge

Financiado por impuestos, gestionado por el Estado (transferido a las comunidades autónomas en España), en el que la prestación sanitaria es mayoritariamente dada por profesionales funcionarios, y en el que la puerta de entrada al sistema es la Atención Primaria y desde ahí el profesional sanitario redirige al paciente al siguiente nivel de atención. Actualmente en vigor entre otros en España, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Italia, etc.

Hay que avanzar hacia el reconocimiento de los derechos de los pacientes y la determinación a nivel europeo de indicadores que miden resultados en salud poblacional

Modelo Bismarck

Financiado por las cotizaciones de los trabajadores, y complementado, en su caso, por el Estado. Las aportaciones de los trabajadores son gestionadas por organizaciones de aseguramiento, por supuesto con supervisión estatal. En este modelo, la prestación es administrada, con carácter general, por profesionales y/o instituciones independientes a las que el paciente se dirige libremente. Los profesionales son retribuidos por sus servicios por esas entidades de aseguramiento y/o por los propios pacientes, en algunos casos. Este es el modelo de Alemania, Austria, Francia, Benelux, Polinia, Grecia, etc.

Estos distintos modelos, condicionan, la forma en la que se hacen las cosas y, obviamente, los resultados. Por tanto, quizás no se trata tanto de unificar modelos sociosanitarios como de avanzar, a nivel europeo, y con independencia del modelo sanitario en dos direcciones principales: el reconocimiento de los derechos de los pacientes y la determinación a nivel europeo de indicadores que miden resultados en salud poblacional.    

Determinar, a nivel europeo, resultados en salud, en salud poblacional (Esperanza de vida al nacer, a los 65 años, mortalidad infantil, distribución y utilización de recursos humanos y técnicos, gestión de pacientes crónicos, diabetes, hipertensión, etc.)  y otros indicadores macro (eficiencia, sostenibilidad…) que sean reconocidos, como objetivos a alcanzar por los estados miembros para sus ciudadanos

No podemos hablar de un Sistema Socio- Sanitario Europeo, pero si de una clara voluntad de los países miembros y sus Sistemas Sanitarios para avanzar hacia un Modelo homogéneo de Atención, Cuidados y Servicios Sociosanitarios Europeo

En este sentido sí que hay, sin duda, una clara voluntad de los Estados, en avanzar en esta dirección, y se están dando pasos no solo para aceptar a nivel europeo determinados estándares e indicadores sanitarios y sociosanitarios poblacionales, sino también de normalización de las herramientas para medirlos. 

Por tanto, en mi opinión, y contestando a su pregunta; no podemos hablar de un Sistema Socio- Sanitario Europeo, pero si de una clara voluntad de los países miembros y sus Sistemas Sanitarios para avanzar hacia un Modelo homogéneo de Atención, Cuidados y Servicios Sociosanitarios Europeo. 

¿Qué hechos están impulsando el modelo europeo?

Dos hechos muy importantes, empujan con fuerza en esta dirección:

-              La revolución tecnológica en la que actualmente estamos inmersos, que no solo va a va a cambiar, ya lo está haciendo, el modelo de relación médico paciente y de atención sanitaria y sociosanitaria clásico; sino que va a ser de gran ayuda para, de forma muy precisa y muy rápida, incluso en tiempo real, evidenciar y predecir resultados que sustenten y apoyen decisiones en la construcción de ese Modelo Sociosanitario y, desde luego, en la forma en la que se tratan los pacientes.

-              Los pacientes, su “empoderamiento” y el cambio en su relación con el sistema sanitario. Sin entrar en detalles, los pacientes, somos obviamente, los primeros interesados, junto con los profesionales sanitarios, en nuestra curación y bien estar.

Somos igualmente los consumidores de la prescripción sanitaria, y tenemos voz y opinión, (a nivel individual, a nivel asociativo, a nivel nacional, a nivel internacional) importante para todo el sistema económico y comercial que se desarrolla alrededor de cualquier sistema sociosanitario.

Finalmente, pero no menos importante, los pacientes somos votantes y objeto del interés de los políticos cuya prioridad es ganar elecciones (si no ganan elecciones no podrán hacer nada más) y que, desde más cerca o más lejos, tienen mucho que ver con la gobernanza y gestión de los sistemas sanitarios y sociosanitarios.

Ambos, temas muy interesantes, y con mucho desarrollo, pero, sin duda, este no es el sitio. 

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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