Experimentos con presos: Los reclusos decidirán de forma voluntaria si intervienen en los mismos

La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, departamento dependiente del Ministerio del Interior, dictó una instrucción interna, donde fijan los nuevos requisitos para las investigaciones con población reclusa.

Fernando Grande Marlaska, ministro del Interior (Foto. flickr PSOE)
Fernando Grande Marlaska, ministro del Interior (Foto. flickr PSOE)

Nuevas medidas en lo referido a la experimentación científica con presos, han salido a la luz. Recientemente, el máximo responsable de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, dictó una instrucción interna, a la que ha tenido acceso El País, en la que fija los nuevos requisitos que deberá cumplir cualquier investigación con la población reclusa.

La polémica surgida tras haberse “paralizado cautelarmente” una investigación científica que desde 2016 aplicaba en las cárceles de Huelva y Córdobaestimulación eléctrica cerebral a 41 presos violentos, 15 de ellos homicidas, para estudiar su agresividad, ha derivado en la publicación de un nuevo protocolo del departamento dependiente del Ministerio de Interior, que sustituye a la instrucción interna que estaba en vigor desde 2005.

A partir de ahora, los estudios científicos con presos deberán suponer un “beneficio objetivo y medible”

La información será la principal protagonista. La nueva instrucción, que entrará en vigor a mediados de agosto, señala que el recluso deberá ser informado “de las características del estudio”. Para ello, se les facilitará la información necesaria y sean ellos quienes decidan si participan o no en el mismo. “La voluntariedad de la participación de los internos en estas investigaciones habrá de quedar constatada documentalmente, por el procedimiento del consentimiento informado”, incide el documento. Este, añada además que la participación en el mismo no supondrá ningún tipo de beneficio penitenciario.

Asimismo, desde ahora, para que los experimentos con presos sean autorizados deberán suponer “un beneficio objetivo y medible para los internos y para la Administración Penitenciaria, además de un avance en el estado científico de la específica cuestión que el estudio aborde”.

Del mismo modo, se exige a los investigadores que expliquen si los estudios llevados a cabo se han realizado “con población libre”. De no ser así, la solicitud deberá alegar el porqué “se ha escogido a la población penitenciaria como única muestra de referencia”, y garantizar “con medidas concretas que la investigación se va a llevar a cabo en las mismas condiciones de igualdad que se aplicaría a otras personas en situación de libertad”.

 

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