Ley Audiovisual: coto a la publicidad sobre tabaco, alcohol y juegos de azar

El Gobierno prohibirá “de manera absoluta” la publicidad de tabaco y cigarrillos electrónicos. Además, limitará a la madrugada los anuncios de bebidas alcohólicas y casas de apuestas.

Nadia Calviño, vicepresidenta y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Foto: Congreso)
Nadia Calviño, vicepresidenta y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Foto: Congreso)

El Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual. Esta propuesta normativa, que ha estado en el foco de la actualidad política al formar parte de la negociación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2022, contiene multitud de nuevas medidas. De ellas, resaltamos las relacionadas con la restricción de la publicidad en favor de la salud individual.

Según ha revelado NadiaCalviño, vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, este proyecto contempla entre otras acciones la prohibición de la publicidad de tabaco y cigarrillos electrónicos, así como la limitación a las franjas horarias más nocturnas de los anuncios sobre bebidas alcohólicas y juegos de azar.

Con respecto a la primera, el Gobierno asegura en un comunicado que se prohibirá “de manera absoluta” la publicidad detabaco y cigarrillos electrónicos. ConSalud.es ha preguntado al departamento que dirige Calviño en qué términos se realizará esta prohibición pero, hasta el momento, no ha dado detalles. En su caso, subrayan que se equipara a la prohibición de “la publicidad subliminal y aquella que vulnere la dignidad humana o que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio”.

Los anuncios de bebidas alcohólicas superior a 20 grados solo podrán emitirse "entre la 1:00 horas y las 5:00 horas"; los de menos de 20 grados, "entre las 20:30 y las 5:00 horas"

En el caso de los anuncios de bebidasalcohólicas, se actuará en función de su graduación. Así, los anuncios televisivos sobre bebidas que contengan alcohol superior a 20 grados solo podrán emitirse “entre la 1:00 horas y las 5:00 horas”. Esta limitación se extenderá “a los servicios radiofónicos y sonoros a petición y a los servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma”. Mientras, los anuncios de alcohol de menos de 20 grados “se podrán emitir entre las 20:30 y las 5:00 horas”.

Por otra parte, se restringirá la publicidad de esoterismo y paraciencias, juegos de azar y apuestas. Para estas materias, los anuncios quedarán limitados “a la franja horaria de 1:00 horas a 5:00 horas”. No obstante, se establecerán “excepciones” como los juegos de lotería.

CONSUMO, POR DELANTE

La Ley del Audiovisual va a recoger de forma generalizada todas las limitaciones en materia de publicidad que puedan afectar a la salud. En alguna de las áreas, ya el Ministerio de Consumo está realizando actuaciones, como es el caso de la restricción a la publicidad de juegos de azar y apuestas.

El pasado 31 de agosto entró en vigor el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego. Entre las acciones aprobadas, destaca la prohibición del patrocinio deportivo con publicidad de este sector, la limitación de los anuncios de juegos y apuestas en televisión y radio a la franja de 1:00 a 5:00 horas, la restricción en medios digitales o que no se puedan usar la imagen de una persona famosa.

Por otra parte, el departamento que dirige Alberto Garzón ha anunciado recientemente que preparará una norma para regular la emisión de publicidad de alimentos y bebidas no saludables en los casos que se dirija al público infantil y adolescente. Con esta acción, el Gobierno pretende reducir el incremento en los últimos años de los índices de sobrepeso y obesidad.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
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