Montero y Rufián defienden la inversión para la fabricación de inhaladores sostenibles en España

PSOE y ERC incorporan una enmienda en el texto de la ley por el cual prolongan hasta 2027 la exención del impuesto.

Gabriel Rufián y María Jesús Montero (Foto. Instagram @gabrielrufian y @mjmonteroc)
Gabriel Rufián y María Jesús Montero (Foto. Instagram @gabrielrufian y @mjmonteroc)
María Velasco Montealegre - Directora General Grupo Mediforum
21 junio 2022 | 09:30 h

El Ministerio de Hacienda y ERC han trabajado conjuntamente para modificar el texto de la Proposición de Ley de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública la cual incluía un articulado sobre gases fluorados que perjudicaba la competitividad respecto a la necesaria reconversión para fabricar los inhaladores sostenibles en las dos fábricas de GSK y Aldo-Unión en España frente a otros países e imponía un impuesto suponía el 50% de su coste de fabricación en los inhaladores de rescate.

En España se producen anualmente más de 100 millones de inhaladores de rescate de los cuales se exporta más del 90% a más de 50 países. El salbutamol es un medicamento declarado esencial por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Agencia Española del medicamento (AEMPS). Al contrario de los inhaladores en polvo seco o niebla fina donde existen alternativa para la mayoría de los pacientes con patología respiratoria los inhaladores de rescate necesitan de un propelente para impulsar la medicación.

Esto supone un cambio importante, ya que hasta ahora contaban con una exención

La enmienda tiene por objeto prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2026 la exención de los gases fluorados destinados a ser utilizados en inhaladores dosificadores para el suministro de ingredientes farmacéuticos. Dicha medida está alineada con la propuesta de modificación del Reglamento Europeo y del Consejo sobre gases fluorados de efecto invernadero, por la que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 y se deroga el Reglamento nº 517/2014, que, si bien a partir del 1 de enero de 2025 impone para dichos usos la obligación de satisfacer una tasa, es a partir del 1 de enero de 2027 donde se aplican mayores restricciones para dichos usos. Ello para alinearse con el cronograma de reducción gradual del consumo del Protocolo de Montreal, donde estos últimos productos no están exentos.

La citada propuesta de Reglamento, publicada el pasado mes de abril, recoge la inclusión de los gases fluorados utilizados en inhaladores para uso médico dentro del sistema de reducción progresiva de los gases fluorados puestos en el mercado de la Unión mediante el sistema de establecimiento de cuotas. Esto supone un cambio importante, ya que hasta ahora contaban con una exención. Además, se regula un pago de 3€/tCO2eq para la adquisición de la cuota.

En concreto, durante el periodo 2024-2026 la cuota a los importadores/productores incluirá el 100% de su puesta en mercado reportado durante el año 2020 y en adelante. Es decir, no se aplica la reducción de cuota, que, sin embargo, sí se aplica al resto de gases fluorados. Se propone aplicar la primera reducción de cuota en el año 2027

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