La ley Trans tendrá que volver al Congreso tras las "correcciones técnicas" del Senado

Dos "correcciones técnicas" al proyecto de la Ley Trans, hacen que el texto tenga que volver al Congreso de los Diputados

Pleno del Senado (Foto: PSOE)
Pleno del Senado (Foto: PSOE)
José Ramón Díaz, redactor ConSalud.es
9 febrero 2023 | 10:35 h

El Senado ha dado luz verde este miércoles a la conocida como “Ley Trans”  por 144 votos a favor, 108 votos en contra y 2 abstenciones. El texto deberá volver al Congreso de los Diputados para su ratificación definitiva al haberse incorporado al texto varias “modificaciones por errores técnicos y de índole gramatical"

Una de las proposiciones que se tendrán en cuenta ha sido includia por la Comisión de Igualdad  y consiste en sustituir uno de los artículos del texto “procedimientos” por procesos”.

 El segundo es eliminar la posibilidad de que los funcionarios puedan solicitar una excedencia por consecuencias de haber sido víctimas de “violencia intragénica”, aquella que se da entre parejas del mismo sexo. En el Congreso, el PSOE y el PP acordaron que la ley no incluyera ninguna referencia a este tipo de violencia para mantener la prevalencia de la lucha contra la violencia machista.

Ha sido el grupo socialista el encargado de defender en este debate del Senado esta norma, ya que su socio de Gobierno, Unidas Podemos, no cuenta con representación en la Cámara Alta. Lo ha hecho frente a la oposición de VOX y PP . El resto de grupos políticos si se ha mostrado a favor de este Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans.

Deberá esperar al menos una semana más para poder aprobarse,  después de que este miércoles en el pleno del Senado, se hayan propuesto dos “correcciones técnicas"

El texto validado incorpora distintas actuaciones en las que el sector sanitario estará directamente implicado, a nivel institucional, profesional y de los propios pacientes. Además, durante su debate ha añadido varias enmiendas con las que se logran reforzar la despatologización de las personas trans y con la que se blinda la garantía de tratamientos hormonales.

Con respecto a la lograda despatologización del procedimiento, en línea con la eliminación impulsada por la OMS para que la transexualidad deje de ser considerado un trastorno mental y del comportamiento y sea considerada una “condición relativa a la salud sexual”, también se ha integrado en este concepto a las personas intersexuales.

Por su parte, en relación al mejor acceso a los tratamientos hormonales, se ha añadido una enmienda al artículo 54 sobre protocolos de actuación. En concreto, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) “velará por el suficiente abastecimiento de los medicamentos más comúnmente empleados en los tratamientos hormonales para personas trans y supervisará su suministro, a fin de evitar episodios recurrentes de desabastecimiento”.

Por su parte, en relación al mejor acceso a los tratamientos hormonales, se ha añadido una enmienda al articulo 54 sobre protocolos de actuación

Al margen de estos nuevos cambios, la ley contiene algunas de las actuaciones más relevantes para el SNS. Cuando el texto se apruebe de forma detinitiva en el Congreso, las personas trans mayores de edad no tendrán que presentar un informe médico de “diagnóstico de disforia de género” para modificar su sexo en el DNI. Este proceso de autodeterminación de género se realizará mediante un sistema de doble comparecencia en un plazo máximo de tres meses.

Al margen de estos nuevos cambios, la ley contiene algunas de las actuaciones más relevantes para el SNS. Por ejemplo, si logra el apoyo del Senado y entre en vigor, las personas trans mayores de edad no tendrán quepresentar un informe médico de “diagnóstico de disforia de género” para modificar su sexo en el DNI. Este proceso de autodeterminación de género se realizará mediante un sistema de doble comparecencia en un plazo máximo de tres meses.

Por otra parte, la cartera de servicios comunes del SNS incorporará los tratamientos hormonales y quirúrgicos para estas personas. Sobre esta cuestión, los profesionales sanitarios deberán contar con “formación suficiente, continuada y actualizada” para prestar “especial atención” a los problemas de salud asociados a las personas trans en función de “las prácticas quirúrgicas a las que se someten, tratamientos hormonales y su salud sexual y reproductiva”.

 

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