El Gobierno aprueba los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas

El Consejo de Ministros celebrado este martes ha dado luz verde al Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas

Optometrista (Foto: Freepik)
Optometrista (Foto: Freepik)
20 junio 2023 | 17:35 h
Archivado en:

El Consejo de Ministros celebrado este martes ha dado luz verde al Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. El Gobierno justifica esta decisión porque se hacía "necesaria" la aprobación de nuevos Estatutos, los cuales han sido elaborados y aprobados por el Consejo General, "en sesión del Pleno".

Los nuevos estatutos regularán la organización, las competencias y el funcionamiento del CGCOO y a los Consejos Autonómicos.  Asimismo, sus "fines esenciales" serán garantizar el respeto de los derechos y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados; y ostentar la representación institucional exclusiva y defender la profesión en el ámbito estatal e internacional, así como, en el ámbito de su competencia, ordenar el ejercicio de la profesión, cuando dicha profesión esté sujeta a colegiación obligatoria.

Igualmente, garantizarán, en el ejercicio de sus funciones y competencias, la igualdad de trato y no discriminación de los Ópticos-Optometristas y su libertad de ejercicio; se aprobará el código deontológico de la profesión; y se promoverá e impulsará tanto la capacitación profesional como la formación continuada de losÓpticos-Optometristas.

Se hacía necesaria la aprobación de nuevos Estatutos, los cuales han sido elaborados y aprobados por el Consejo General, en sesión del Pleno

Los estatutos también definen cuáles serán las funciones del Consejo General, que pasarán por la ordenaciónrepresentación, coordinación, y organización de la entidad. Además, en cuanto a su organización, se han determinado dos órganos. El primero, de carácter colegiado, lo compondrán el pleno, la comisión permanente y el comité ejecutivo. 

El segundo, de carácter unipersonal, lo compondrán la presidencia, las vicepresidencias primera y segunda, la secretaría general, la vicesecretaría general, la tesorería, y la contaduría. El Pleno del Consejo General podrá, además, crear órganos especializados por razón de la profesión o vocalías y una comisión de deontología o disciplinaria. Todos los órganos colegiados del Consejo General podrán convocar, constituir, celebrar sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia.

En cuanto a su régimen jurídico, se prevé que los acuerdos adoptados por el Consejo General se considerarán ejecutivos desde su adopción, sin más requisito que su notificación o publicación cuando proceda. En relación con el régimen disciplinario, se determina que el Consejo General será competente para conocer de las infracciones cometidas por sus propios miembros y por los miembros de los órganos de gobierno de los colegios, cuando esta competencia no esté atribuida por la legislación autonómica a otra instancia colegial. La resolución corresponderá al Pleno.

Los estatutos definen cuáles serán las funciones del Consejo General, que pasarán por la ordenación, representación, coordinación, y organización de la entidad

Otro de los puntos que regula este documento es el régimen económico del CGCOO. Sus recursos económicos serán las contribuciones de los colegios que lo integran; los derechos u honorarios por la emisión de certificaciones, dictámenes, informes u otros asesoramientos que se le requieran; los rendimientos de su patrimonio, incluidos los ingresos por cesión y uso de sus sedes; las subvenciones o donativos que reciba; los ingresos por publicaciones u otros servicios remunerados que tenga establecidos; y cuantos otros puedan corresponderle legalmente.

Finalmente, se establece la obligatoriedad de que el CGCOO disponga de una página web y que elabore una memoria anual con la información relevante de la entidad.

Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.
Lo más leído