La tramitación de la prescripción enfermera no acabará hasta 2018

Aunque Sanidad tramite con urgencia el texto consensuado con los profesionales médicos y enfermeros, los trámites burocráticos para su aprobación prolongarán su entrada en vigor un mínimo de tres meses.

El nuevo Real Decreto de prescripción modificará al polémico Real Decreto de 2015
El nuevo Real Decreto de prescripción modificará al polémico Real Decreto de 2015

Aunque médicos y profesionales de la Enfermería hayan pactado un texto junto al Ministerio de Sanidad para modificar el Real Decreto de indicación, uso y autorización para la dispensación de medicamentos por parte de la profesión enfermera, la tramitación burocrática de esta modificación se prolongará, como mínimo, unos tres meses hasta que sea publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entre en vigor. Así lo señalan a Consalud.es fuentes jurídicas consultadas.

Y es que, aunque Sanidad haga caso a las peticiones de los profesionales, e inicie la tramitación “urgente” del Real Decreto que modificará los artículos más convulsos del aprobado en 2015, el procedimiento hasta su entrada en vigor conlleva numerosos trámites, durante los cuales puede haber modificaciones del texto.

Hasta que lo apruebe el Consejo de Ministros, el texto final podría sufrir modificaciones y, desde su aprobación hasta su entrada en vigor, pueden pasar semanas

De hecho, según las fuentes consultadas, durante el debate que se llevará a cabo en el Consejo Interterritorial de Sanidad de esta semana, podrían sugerirse cambios que, de contar con el visto bueno de todas las partes, se añadirían al texto del futuro Real Decreto.

Por otro lado, y como ha ocurrido con otras normativas sanitarias, es probable que el Gobierno tenga que sacar a audiencia pública el texto, lo que también conllevaría un plazo para recabar opiniones. Tras ello, además, la normativa, cuya redacción definitiva depende del Ministerio de Sanidad, también tendrá que pasar por el Consejo de Estado mediante trámite de audiencia. Este organismo también podría proponer modificaciones de carácter técnico a la normativa antes de dar su visto bueno.

DEL CONSEJO DE ESTADO AL CONSEJO DE MINISTROS

Tras ello, sin embargo, el texto no sería aún definitivo hasta que el Gobierno lo aprobara en Consejo de Ministros. Buen ejemplo de ello es lo ocurrido con el Real Decreto de 2015, en el que, a sólo unas horas de aprobarse, el ministerio de Sanidad realizó una modificación en el artículo 3.2 que indignó a la Enfermería y que generó la larga polémica que ahora pretende cerrarse con este nuevo texto.

Como ocurrió también en este caso, una vez que el Consejo de Ministros apruebe el Real Decreto, su publicación en el BOE puede demorarse durante varios días (con la normativa de 2015 el retraso alcanzó los dos meses) y no será hasta el día siguiente de su publicación cuando la norma entre en vigor, y los profesionales de la Enfermería puedan pasar a prescribir determinados medicamentos y productos sanitarios de forma autónoma (sin necesidad de la prescripción individualizada del médico).

Será difícil, por tanto, que todo este procedimiento culmine antes de 2018, y es probable que pueda alargarse incluso hasta fechas cercanas a la primavera. Por todo ello, la Mesa de la profesión Enfermera ya ha advertido a los profesionales que hasta que no entre en vigor la modificación acordada continúa vigente el Real Decreto de 2015,  que establece que en todos los casos, para que la enfermero pueda indicar un medicamento sujeto a prescripción médica, es necesario que “el médico haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir”, de forma individualizada.

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